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06Jul 2010

‘ Aparte de las vías mencionadas [entrenamiento y formación de los recursos humanos; contratación de personal técnico especializado y búsqueda de información] existen otras que pueden ser catalogadas como “formas superiores de aprendizaje”. Estas son las actividades de Ingeniería y Diseño y las actividades de Investigación y Desarrollo, las cuales se fundamentan en un dominio más profundo del sistema producto-proceso. Esto es conocido como el “know-why” [saber por qué] el cual implica conocer no sólo el cómo (“know-how”) [saber-cómo] sino también el por qué, a fin de poder crear nuevos productos y diseñar procesos distintos a los suministrados originalmente por el proveedor [en el caso de un proceso productivo cuyo tecnología fue adquirido inicialmente de un proveedor] ‘

…parafraseando un párrafo de “Tecnología y competitividad en la industria manufacturera” de Viana y Cervilla. Fondo editorial fintec P. 142

19Mar 2009

Luis Miguel Abad Ruiz

¿Es necesario un Convenio de Transferencia de Tecnología al Comprar una Maquinaria?

En un artículo anterior (Maquinaria y LOCTI) planteamos la diferencia entre comprar una maquinaria y adquirir conocimiento y comentamos que existen pautas de aprendizaje tecnológico para la compra de maquinaria.

En esta oportunidad responderemos una pregunta formulada por algunas empresas, que se refiere a un tema que la gran mayoría de las empresas obligadas por la LOCTI desconocen o no están al tanto.

Normalmente, a la hora de una fiscalización a la empresa por parte del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (MCT), uno de los requisitos exigidos es que la empresa cuente con un convenio de transferencia de tecnología sobre todo para los casos de la compra de maquinaria.

Esta exigencia es importante por dos razones. En primer lugar, hay una razón legal, recogida en el Artículo 21 del Reglamento Parcial de la LOCTI el cual reza que en el caso que los aportes e inversiones de las empresas obligadas por la LOCTI incluyan la adquisición de equipos e insumos en el exterior, se procurará que dicha adquisición comporte una transferencia tecnológica para el país.
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04Feb 2009

Construyendo un proyecto LOCTIUna de las preguntas más frecuentes que se registran en las búsquedas por Internet tiene que ver con el título del presente artículo. Con el ánimo de colaborar en aportar elementos para responder la misma, trataremos de abordarla desde diferentes dimensiones.

Hablando legalmente, no hay referencia directa del término “Proyectos LOCTI”. En la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación es posible encontrar el término “Proyecto” en general, o en forma específica “Proyecto de Ciencia, Tecnología e Innovación”, “Proyecto de Investigación y Desarrollo”, “Proyecto de Innovación”, etc.

Por su parte, en el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación referido a los Aportes e Inversiones, tampoco se menciona el término “Proyectos LOCTI”; la continua aparición de la palabra “Proyecto” pareciera hacer referencia a lo que común y frecuentemente entendemos y aceptamos por el mismo (conjunto de actividades que se realizan en un tiempo determinado para lograr un objetivo particular).

En realidad, el término “Proyecto LOCTI” se ha venido usando para hacer referencia a las iniciativas e inversiones de las empresas, enmarcadas en el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, y ejecutadas como proyecto.
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