Facturas de Gastos vs. Actividades del Artículo 42
En las asesorías que prestamos a las empresas, ha sido común encontrarnos con esta pregunta: “¿Puedo meter este gasto como inversión LOCTI?”. Ya la pregunta, por sí sola, nos da una idea de cómo ha venido manejando la empresa sus iniciativas e inversiones LOCTI durante el período fiscal. La misma refleja, normalmente, falta de planificación, tardanza en ocuparse de tales iniciativas e inversiones, manejo de la LOCTI más como un asunto fiscal que como una inversión para incrementar la competitiva de la empresa, etc.
Pensar primero en los gastos y facturas es como poner la carreta delante de los caballos o seguir una ruta equivocada con sus posibles consecuencias legales y fiscales. Más bien, la pregunta obligatoria de entrada es en qué Actividad del Artículo 42 de la LOCTI se inscribe la iniciativa e inversión de la empresa. Ello es así, entre otras razones, porque son cada una de las actividades reconocidas en el mencionado Artículo las que contienen unos tipos de gastos reconocidos como deducibles y no otros.
Para tener una visión global clasificada de los 10 numerales y 23 literales del Artículo 42 de la LOCTI podríamos agruparlos de la siguiente manera:
- Ministerio de Ciencia y Tecnología (Numerales 1, 2 y 3)
- Proyectos de Innovación (Numeral 4)
- Inversiones Financieras en Tecnología e Innovación (Numerales 5, 6 y 7)
- Investigación y Desarrollo (Numeral
- Formación del Talento Humano (Numeral 9)
- Otros (Numeral 10)
Ahora bien, no todos los numerales y literales del Artículo 42, agrupados de la manera sugerida, tienen que ver con Inversiones (muchos son Aportes) ni con Empresas (a diferencia de otros integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación). En tal sentido, sería de utilidad conocer primero cuáles son las actividades señaladas en el Artículo 42 de la LOCTI que tienen una mayor relación con las potenciales inversiones de una empresa.
Una primera categoría sería aquellos numerales y literales en los que se hace una explícita y directa referencia a la empresa. En ella se agrupan las actividades que tienen que ver con Proyectos de Innovación (Numeral 4; Literales a, b, c, d y e) y actividades vinculadas con la Formación del Talento Humano (Numeral 9; específicamente los Literales c, d, e y h).
Una segunda categoría sería aquellos numerales y literales que, aunque no hacen una referencia explícita y directa a la empresa, son actividades en que algunas empresas invierten o es posible que inviertan; es decir, actividades de ciencia y tecnología de cierta frecuencia en algunas empresas. En esta categoría se ubicarían los Proyectos de Investigación y Desarrollo (Numeral 8; Literal a) y su correlato institucional como son los Centros de Investigación y Desarrollo de las empresas (Numeral 8; Literal b)
Finalmente, una tercera categoría abarcaría a aquellos numerales y literales que se refieren a Inversiones Financieras de la empresa (no confundir con Aportes); tales actividades son de menor frecuencia que las de la anterior categoría, y se ubicarían específicamente los numerales 6 y 7 del Artículo 42.
¿Significa esto que las empresas no tienen otras opciones de inversión LOCTI? No necesariamente; en todo caso, habría que revisar y analizar cómo una determinada iniciativa e inversión de Tecnología e Innovación de la empresa se ajusta a cualquier otro numeral y literal del artículo 42. Sin embargo, tal revisión y análisis no estarían exentos de las diferentes interpretaciones y discrecionalidad que se observa muchas veces en funcionarios públicos, fiscales, asesores y especialistas.
Lo importante a tener en cuenta , a pesar de todo, es que este análisis es mas conveniente y menos riesgoso hacerlo al inicio del período fiscal de la empresa y no al final, cuando las posibilidades de cambio son mas limitadas, ofreciendo poco margen de tiempo para corregir.
Luis Miguel Abad Ruiz
Consultor, Estrategias LID
© 2009, Estrategias LID. Todos los derechos reservados.
73 Respuestas a ““¿Puedo cargar este gasto como inversión LOCTI de la empresa?””



Buenas tardes. Estoy interesada en cursos de formación acerca de los servicios que pueden ser ofertados a las empresas bajo la figura del articulo 42. Estoy constituyendo una empresa de consultora en el área de talento humano, tecnologia e innovación pero necesito formación acerca de los parametros legales a fin de ofrecerles a las empresas planes de inversión acorde con lo estipulado por la Locti. Gracias
Dairaliz, buenos días y gracias por escribirnos! Para comenzar, con la aprobación de la nueva ley en 2010, y el recientemente promulgado Reglamento, ya no aplica el artículo 42. Puedes revisar nuestra nota http://www.loctiblog.com/loctiblog/%C2%BFque-es-lo-principal-que-debe-saber-del-nuevo-reglamento-de-la-locti-690.html y cualquier duda, estamos a la orden para apoyarte.
buenos dias, quiero comenzar a realizar el trabajo de la LOCTI donde laboro, pero nose por donde comenzar ni terminar me podrian ayudar??????????URGENTE
Gracias
Estimada Keidy, claro que te podemos ayudar.
Comencemos así: escríbeme a gerencia@estrategiaslid.com y cuéntame lo siguiente, para saber cómo ayudarte:
Una descripción de la empresa, sus servicios y productos, tamaño, alcance de mercado, etc.
Monto LOCTI del que te tienes que ocupar si lo sabes calcular. Si no, dime el monto de los ingresos totales del ejercicio fiscal inmediatamente anterior al actual
Las fechas de comienzo y final del ejercicio fiscal
Así comenzamos.
Quedo pendiente de tu correo.
Un cordial saludo,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director de Estrategias LiD
Editor LoctiBlog
La empresa tiene un plan anual de adiestramiento en el que se incluyen capacitaciones regulares de actualización en materia legal y tributaria y pro otra parte programas de formación en áreas especializadas de carácter técnico.
Todos estos programas de formación del talento están orientados a capacitar adecuadamente el personal para el cumplimiento de los objetivos de la empresa.
Por favor quisiera de ustedes su opinión a si todos esos programas, incluyendo los de actualización legal y tributaria,pueden ser parte de las inversiones LOCTI.
Muchas gracias por la atención que nos puedan prestar.
Saludos cordiales
Estimado Carlos,
Disculpa la tardanza en responder.
Lo que preguntas es un tema común a muchas empresas, y no hay una respuesta clara.
En principio, la LOCTI está (en el marco de la pregunta que me haces) para incentivar a que la empresa adquiera y genere nuevo conocimiento que le permita innovar en sus procesos, productos, posición de mercado, etc. No está para que la empresa adquiera conocimiento sobre cómo hacer lo mismo que siempre hace (mismos productos, procesos, etc). Bajo esta perspectiva, los cursos de actualización en materia legal y tributaria no deberían incluirse.
Sin embargo, hay un argumento en contra que es razonable: si el entorno es continuamente cambiante (las normas legales y tributarias) el empresario debe "cambiar" su manera de operar a nivel legal y tributario para adaptarse y sobrevivir. Si bien este aprendizaje no lleva a una innovación que tiene impacto directo en los productos o servicios que la empresa genera, sigue siendo un aprendizaje necesario. ¿No debería el Estado procurar un entorno regulatorio suficientemente estable y predecible (sin cambios constantes) para que las empresas puedan más bien enfocarse en sus productos y servicios? Visto así, el razonamiento que motiva la LOCTI – incentivar la inversión privada en ciencia, tecnología e innovación – parece pertenecer más bien a economías "estables" y no como la nuestra.
Me fui por la tangente teórica. En la práctica te digo esto: si puedes llegar al monto de tu obligación sin incluir los cursos de actualización, mejor. Si no tienes más nada, mételos y prepara tu argumento para defenderlos. Si no quieres arriesgarte a que te multen por ésos montos, realiza un aporte de una vez.
Ante la incertidumbre normativa, lo que nos queda es gerenciar el riesgo.
Espero esto te sea de utilidad.
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Buenas tardes, excelente estos espacios de conversación, gracias por ello
mi duda está referida a la modalidad que quiere mi empresa hacer aporte LOCTI, nos interesa diseñar, planificar y ejecutar un proyecto dirigido a una comunidad en alianza con una iglesia ( no son entes inscritos en SIDCAI)y está orientado a instalar un laboratorio con plataforma tecnológica nuestra empresa presta servicios de mantenimiento mecánico podemos diseñarlos nosotros mismos dirigido a este sector? ¡un laboratorio se ajusta a las consideraciones que establece la Ley? gracias de antemano
Estimada Carmen,
En continuación a lo que te indiqué en respuesta a tu otro comentario, suena que el proyecto sí está relacionado con el tema tecnológico. Tendría que conocer más detalles para decirte si es un proyecto que nosotros consideraríamos fuerte ante la LOCTI o no.
Saludos,
Juan Pablo Molina Berrizbeita
Buenas tardes
Me gustaria tener la programación de cursos.
Estimado Jesús, en este momento no estamos ofreciendo cursos presenciales al público.
Dependiendo de las modificaciones en las que incurra la LOCTI antes de fin de año, lanzaremos cursos virtuales a comienzos del 2011.
Si te suscribes al LoctiBlog estarás informado cuando los lancemos.
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Saludos,
Cualquier curso, dictado por cualquier establecimiento puede ser deducible de los aportes LOCTI?. HE visto muchos grupos de consultores, asesores y empresas que anuncias sus cursos como "deducibles del aporte LOCTI", es esto posible cuando el reglamento define la formacion de talento humano como "aquella superior al bachillerato"?.
Gracias
Estimada Ana Elisa,
No. Cualquier curso superior al bachillerato no es deducible de la obligación locti.
Para que un curso sea deducible debe estar relacionado con un proyecto dirigido a la adquisición de nuevos conocimientos por el talento humano de la empresa para incrementar las capacidades de la empresa de mejorar e innovar continuamente.
Juan Pabo Molina Berrizbeitia
Estrategias LiD
Una Fundacion, puede ser beneficiada de las empreas para otorgar becas a jovenes de los trabajadores o comunidades, brindar becas o cursos de nivelacion en carreras de tsu, pregrado y educacion para el trabajo?
Estimada Yvonne,
En principio si.
Mi recomendación es que la fundación prepare un documento de proyecto dirigido a la formación de talento humano nacional para su inserción laboral, y que las becas que otorguen sean para estudios superiores al bachillerato (de TSU para arriba)
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Estrategias LiD
Felicitaciones por la pagina y exitos. Miconsulta trata sobre: es posible que una Fundacion sea beneficiaria Locti y las empresas pueden beneficiar a jovenes, de la comunidad y de los hijos de los trabajadores, con becas para sus estudios o cursos de nivelacion a nivel de tsu, de pregrado? Como se inscribe una fundacion ante el Locti?
Yvonne, en tu otro comentario respondí la primera parte de tu pregunta.
Respecto a cómo se inscribe una fundación, debes hacer lo siguiente: ir a la página del SIDCAI e inscribir a la fundación con la información que te piden alli. También envía Luego, preparas tu proyecto, lo cargas al SIDCAI y lo envías al MCT para su revisión. Una vez aprobado, puedes buscar los recursos.
Espero te sea útil,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
BUENAS TARDES, FELICITACIONES POR SU BLOG, ES REALMENTE MUY UTIL.
TENGO TRES PREGUNTAS:
1.- ¿QUISIERA SABER SI ES VALIDO INCLUIR LOS CURSOS O TALLERES ASOCIADOS A LA LOPCYMAT Y DIFERENTES TEMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL COMO PARTE DE UN PROYECTO DE CAPACITACION DE LA EMPRESA DESCONTABLE POR LA LOCTI?
2.- ¿ES VALIDO DARLE EL ENFOQUE DE PROYECTO DE ADECUACIÓN TECNOLÓGICA A LA COMPRA DE EQUIPOS DE COMPUTACION (PCs, SERVIDORES, IMPRESORAS, ROUTERs, ETC)PARA LA RENOVACION TECNOLÓGICA DE LA INFRAESTRUCTURA DE LA EMPRESA?
3.- ¿TIENEN EL CALENDARIO DE CURSOS PARA EL SEGUNDO TRIMESTRE?
GRACIAS ANTICIPADAS, JOSE RODRIGUEZ
Estimado José,
Gracias por tu comentario.
Respondo:
1. Recomendamos no incluir los cursos relacionados con la lopcymat por dos razones: (i) en la mayoría de los casos no constituyen actividades de aprendizaje tecnológico por los que la empresa adquiere nuevo conocimiento para incrementar su tecnología central; (ii) preferimos mantener los gasos y actividades de cumplimiento con las leyes "sociales" por separado, si las llegaran a considerar un tributo formalmene, podrían aplicar la norma tributaria que impide que se descargue un gasto de dos tributos, así que como previsión es mejor no hacerlo.
2. En principio no. Es un error grave y lamentablemente muy común. Explico: un proyecto LOCTI es un proyecto de adquisición de conocimiento tecnológico y debe enfocarse en actividades de aprendizaje tecnológico. Esto es algo que abordamos a profundidad en nuestro taller sobre ¿cómo se escribe un proyecto locti?
3. Este calendario es del primer semestre completo. Te animo a que te inscribas de una vez.
Saludos,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director, Estrategias LiD
Saludos excelente foro e iniciativa.
Una pregunta?. Mi familia tiene una agropecuaria, venta y servicios veterinarios, donde vendemos medicina para animales, las cuales tienen que estar refrigeradas, por tal motivo tenemos un cuarto cava, a raiz de las fallas electricas, queremos comprar una planta electrica, Puede entrar esta inversion en Locti.
Henry.
Henry, gracias
En principio no recomendamos incluir plantas eléctricas en la LOCTI. Muchísimas empresas las quieren incluir y realmente no son parte de su saber tecnológico. Creo que los fiscales LOCTI harían una fiesta de las multas que pondrían si todas las empresas que quisieran hacerlo incluyen plantas eléctricas (no hay empresa que no la necesite).
Te recomiendo buscar inovar en el proceso de distribución, ventas y servicios; o los aspectos técnicos y médicos de la producción y uso de las medicinas que utilizan y los procedimientos veterinarios que aplican.
Te beneficiarías también de uno de nuestro taller sobre la identificación de proyectos LOCTI.
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director, Estrategias LiD
Buen Dia
Mi inquietud esta relacionada con el articulo 42 literal 9 donde especifican "formación tecnólogica"; dentro del Proyecto que estamos desarrollando hemos impartido muchos cursos y quisiera saber si corro el riesgo de que alguno de estos cursos no sea calificado como aporte.
Estimada Ana,
Necesito que me digas cuál literal (letra) del 42, 9 estás usando y cuáles cursos estás impartiendo para saber si encajan o no.
Saludos,
Juan Pablo
Hola. Me gustaria aclarar la sigiente duda:
Puedo invertir en una planta electrica y declararla por LOCTI? En realidad no creo que pueda aprender mucho de ella (su instalacion, especificaciones tecnicas, reparacion, etc), pero estaria asegurando un servicio continuo a mis clientes y reduciria el tiempo de ocio en mi empresa por fallas de suministro electrico. Que comentarios y sugerencias me puedes dar? Gracias por la ayuda.
Estimado Carlos, buena pregunta, tal como la planteas.
Mira, lamentablemente, no creo que se pueda construir un Proyecto LOCTI de la adquisición de una planta eléctica al menos que sea parte de tu negocio el "saber cómo suministrar luz".
Una manera de distinguir qué puede ser un proyecto LOCTI y qué no puede ser, es pensar cómo se relaciona con la tecnología central de la empresa. La tecnología central es el "saber cómo hacer" o el conocimiento medular que requiere tener una empresa para producir un bien o servicio. El ejemplo que me gusta usar a mi es el de un restaurante. Para el restaurante, es en la cocina donde está su tecnología central. Un restaurante debe "saber cocinar" (sabroso, no?) porque si no, no hay negocio de restaurante. Podría ser un delivery y no tener atención en mesas, pero si no produce comida, no hay negocio. Y además, mientras mejor sea su comida, mejor es su negocio. Así, para un restaurante las actividades que lo llevan a adquirir conocimiento sobre cómo mejorar su comida, es probablemente, un descontable de la LOCTI.
De la misma forma yo te diría que pensaras si una planta eléctrica ayuda a adquirir nuevos conocimientos (aprender, como bien lo dices tú !!) que se relacionan con tu tecnología central.
Al mismo tiempo, creo que como es obvio, sin electricidad, tampoco hay negocio, no? Pero como bien dices, la sola actividad de comprar una planta eléctrica no es un proyecto LOCTI. Quizá si puedes agregar más actividades a la compra de la planta que se relacionen con la adquisición de nuevo conocimiento y ése conocimiento está relacionado con tu actividad productiva, quizá (ojo – quizá) podría funcionar. Pero necesito tener más detalles para saber.
Espero esto te sirva, un cordial saludo.
Juan Pablo Molina
el introducir el plan anual de Inversion el MCT me envio un comunicado con una serie de incumplimiento con lo cual me dejo abierta la opcion de la reconcideracion que puedo hacer?. cuales son los riesgo si declaro estos proyectos no aprobados por el MCT?
Ana,
La situación en la que estás es compleja porque hay diversas salidas o soluciones.
Me es difícil responderte por aquí.
Si todavía quieres apoyo en este tema, puedes contactarnos para tu caso en particular.
Disculpa que no te hayamos respondido a tiempo.
Saludos,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director, Estrategias LiD
Buenas tardes,
en miempresa hemos realizado diferentes inversiones en tecnologia, desde la compra de nuevos servidores y licencias hasta la implantacion de controles de acceso y asistencia, asi como la compra de un software para nomina y mejoras en el software administrativo y pagina WEB, mi pregunta seria… puedo declarar esto como parte de mejoras internas de tecnologia de Locti.
Saludos
Ing Williams Serrano
Estimado William,
En principio, suena que sí. Sin embargo, hay consideraciones a tomar en cuenta.
Por ejemplo:
¿Las inversiones realizadas están relacionadas con la tecnología central de la empresa?
¿Se realizaron durante la ejecución de estas inversiones actividades de adquisición de nuevo conocimiento, es decir, actividades de aprendizaje tecnológico?
¿Tienes todos los soportes fiscales de estas inversiones? ¿se realizaron durante el ejercicio fiscal?
¿Tienes documentación fisico-documental de estas inversiones?
Recuerda que nosotros realizamos servicios de "auditoría LOCTI", es decir, revisamos el estatus de tu documentación y proyectos, y te presentamos un informe diciendote cómo corregir las deficiencias detectadas. Puedes ver nuestros servicios aquí
Un cordial saludo,
Juan Pablo Molina
Editor LoctiBlog
Estrategias LiD
Hola buenas tardes, los felicito por esta iniciativa. Una consulta, nuestra empresa esta registrada en el sidcai pero no podemos accesar a ella ya que el usuario registrado es un exempleado y cambio la clave de entrada. Hemos usado la opcion de cambio de clave, pero nunca nos ha llegado el correo. Hay alguna forma de solicitar o escribirle a alguien para solucionar esto. Gracias por su atencion
Etimado Antonio,
Sí se puede hacer.
El procedimiento que nosotros seguimos para trámites referentes al SIDCAI es el siguiente:
1) Redactar carta exposición de motivos dirijida a la Gerencia de Proyectos Especiales, con duplicado para acuse de recibo.
2) Anexar copia de Registro Mercantil, RIF y última Delaración de Impuestos Sobre la Renta de la empresa.
3) Entregar carta con soporte en la Ofic. LOPA. Avenida Universidad, Esquina El Chorro, Torre MCTII, Piso 13.
4) Llamadas de seguimiento a la Ofic. LOPA.
Te sugiero que primero pruebes llamando al MCT, por si lo puedes resolver más rápido antes de enviar toda esta documentación.
Telf: Gerencia Proyectos Especiales: 0212-505.27.78
O envía un correo a ver.
E-mail Preguntas Frecuentes: locti_faqs@fonacit.gob.ve
Saludos,
Juan Pablo Molina
Editor LoctiBlog
Estrategias LiD
Si bien el enfoque que ustedes le dan a la ley es el correcto y con el que estoy totalmente de acuerdo en ver a la LOCTI como una oportunidad para mejorar la competitividad de la empresa y no como un impuesto más, considero que la realidad del empresario venezolano está muy alejado de eso, ya que vemos como su día a día se va en resolver como sobreviven ante este entorno tan cambiante e impredecible, cumplir con las obligaciones de las leyes o como consiguen los dólares con CADIVI, o como resuelven el problema de mano de obra capacitada etc.etc. Sin ir muy lejos sencillamente la pequeña y mediana empresa no planifica o lo hace de una forma muy pobre y poco profesional.
Si partimos que para desarrollar un plan de inversión en proyectos relacionados con la innovación y la tecnología las empresas deben realizar un ejercicio de planificación estratégica para identificar sus objetivos y alinear sus proyectos de inversión hacia ellos, ya nos encontramos con la primera piedra de tranca ya que un gran número de empresarios sencillamente no lo hace.
Entonces mi inquietud es saber como su empresa Estrategias LID atienden este gran número de empresa que se les puede acercar solicitando su asesoría en el último trimestre del año en algunos casos con algunas inversiones en tecnología durante el año sin mayor planificación o sencillamente sin ningún tipo de inversiones. ¿Cómo asesoran estas empresas? ¿Los ayudan a identificar posibles inversiones en tecnología “revisando facturas” a ver que es rescatable? O sencillamente les dicen que nos los pueden asesorar.
Saludos y gracias por su atención estaré atenta a sus respuestas
Acá estoy totalmente de acuerdo contigo.
Lo que entiendo, o quiero entender de la LOCTI, es que quiso igualar financieramente a las empresas que innovan y aquellas que no (ni les interesa). Muchas empresas, de eso me di cuenta en mi experiencia de estos 14 en gestión científica y tecnológica, innovan y no lo saben. Lo ven como algo normal, para seguir sobreviviendo, y por eso pueden llegar a tener decadas de fundadas. Y en algunos casos, son pequeñas si tomamos en cuenta sus Ventas Brutas.
Y desde el punto de vista de consultoría, las empresas que quieren manejar LOCTI el último semestre del año, son realmente difícile de llevar. Puedo estar equivocado.
Bueno, saludos y gracias por tu atención.
En lo personal me parece normal que las empresas vean primero las facturas y luego saber si se aplica, porque la ley es reciente. Sin embargo, el tema estratégico es esencial, auque en el país no tenemos esta cultura.
William, gracias por tu comentario !
Nosotros creemos que la práctica de lidiar con la LOCTI a partir de las facturas es una de las más dañinas para la empresa. Por ejemplo, entre otras cosas, hemos visto que las empresas que trabajan la LOCTI a partir de las facturas tienden a ocuparse de la LOCTI durante el último trimestre del año. Esto impide que las empresas identifiquen oportunidades de inversión realmente interesantes para ellas porque los gastos que terminan adjudicándose a la LOCTI son gastos que corresponden al lidiar con el día a día de la empresa y no una visión de cómo va a competir al mediano o largo plazo. Repetidas veces hemos visto como se dejan pasar oportunidades muy interesantes de innovación para la empresa.
Además, la nueva versión de reglamento que salió a consulta, aunque no se ha escuchado nada de ella hace rato, obligaba a las empresas a entregar un plan anual de inversión el último trimestre del ejercicio anterior, esto evidencia que la intención del MCT es que las empresas planifiquen su inversión LOCTI. Si no lo están exigiendo ahora, lo van a hacer pronto (en la regulación actual solo es una "sugerencia"). Las empresas que ya han adquirido prácticas más proactivas hacia la LOCTI tendrán una ventaja ante este reglamento cuando salga.
Nuestra metodología de consultoría LOCTI está dirigida a que la empresa cumpla con la regulación pero también a que mejore su gestión tecnológica. Creemos que esto fortalecerá a la empresa e inclusive la del sector productivo al que pertenece, desde el punto de vista de su productividad y rendimiento al largo plazo.
Un abrazo,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Editor LoctiBlog
Estrategias LiD
Buenos días,
Mi inquietu empieza por la resolución 021 de ministerio lo cual indica que "corresponderá al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología
e Innovación, recibir los fondos que sean aportados a los organismos
adscritos al Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e
Industrias Intermedias, por los sujetos obligados en virtud de las
disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e
Innovación, para el desarrollo de proyectos a ser ejecutados por estos" ahora bien todavia se pueden hacer los aportes a los entes no-adscritos y como se pueden hacer, gracias
Estimado Ezequiel,
La resolución no afecta los aportes a los entes no-adscritos.
Puedes realizar aportes a entes no-adscritos así:
1. Verifica que están inscritos en el SIDCAI
2. Verifica que tienen el proyecto al que quieres aportar inscrito en el SIDCAI
3. Si ése proyecto fue revisado por el ONCTI o el MCT previamente, solicita copia de la carta de aprobación que recibieron (esto NO es obligatorio tenerlo)
4. Negocia un convenio de cooperación tecnológica
5. Deposítales !
6. Pide recibo
7. Hazle seguimiento a la ejecución del proyecto (ellos deben enviarte un informe periódicamente – esto debe estar en el convenio de cooperación)
8. Declara tu aporte (¿estás inscrito en el SIDCAI, no?)
9. Prepara tu carpeta LOCTI para la fiscalización
Ahora, importante! te recomiendo que te hagas estas preguntas ANTES de aportar:
¿Por qué voy a realizar un aporte en vez de una inversión en mi empresa?
¿Cómo se relaciona el proyecto al que aportaré con la naturaleza tecnológica de mi empresa?
Si necesitas ayuda, no dudes en escribirnos.
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Buenos dias, estoy interesada en realizar el curso acerca de la Locti o una asesoria; ya que en la empresa donde trabajo, se realizo la primera declaración pero al parecer se pago de mas, y me gustaria saber si me corresponde declarar para el proximo periodo.
Con muchísimo gusto te asistimos Kathy, ¿podrías por favor enviarnos un correo a info@estrategiaslid.com con tu teléfono para llamarte?
Un abrazo,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Muy buenas Tardes, actualmente me escuentro realizando la redaccion de un proyecto Locti referente a la compra de un Modulo del sistemas ERP que maneja la empresa donde trabajo. Este lo emarque dentro del numeral 4 en el C. ahora bien una vez que lo redacte y lo inscriba en el Sidcai, debo hacer algo mas? consignar algun documento? o solo debo esperar a que me lo aprueben? me gustaria saber que es lo que sigue, ya que es la primera vez que voy a hacerlo
Estimada Angeles, suena bien un proyecto de ERP para el numeral 4c. Recuerda explicar bien dónde está la adquisición de nuevo conocimiento, cómo ése conocimiento está relacionado con la tecnología central de la empresa, y cómo el resultado de la incorporación de nuevo conocimiento llevará a una innovación.
Tu empresa debe inscribirse en el SIDCAI (independientemente del proyecto). Luego deben enviarse al MCT unos documentos básicos de la empresa que te indica el SIDCAI por correo una vez que finalizas la inscripción.
Si quieres que el MCT te apruebe el proyecto ANTES de ejecutarlo, puedes enviarlo y esperar su respuesta (a veces tardan un poco). Pero si no estás buscando la aprobación previa, entonces espera a que termine el ejercicio fiscal y lo declaras en el SIDCAI como un proyecto ejecutado (bueno, declaras la parte que ejecutaste, no? hehe)
Espero esto te sea de utilidad.
Juan Pablo Molina
Editor LoctiBlog
Estratgias LiD
Hola Buenos Dias
La empresa para la cual trabajo esta invertiendo los recursos LOCTI dentro de la misma institución específicamente para la formación de talento humano…. mi pregunta es la siguiente: solo las facturas emitidas por las entidades educativas me sirven para declararlas? Es que, el personal que se esta capacitando se le asigna un transporte que los traslada hasta la casa de estudio y luego a sus residencias….. Este gasto de traslado podria sumarlo, al total del aporte????
Saludos…..
Ana, sí. El gasto de traslado es parte del costo de la actividad de capacitación, que debe reflejarse en un proyecto para ser declarado.
Sí, usa la factura de la entidad educativa
Sí, usa las facturas de los viáticos.
Juan Pablo Molina
LoctiBlog
Estrategias LiD
Hola, gusto en saludarlos.
me comentario, y me gustaría que imitiras alguna opinión es aceca de lo que esta ocurriendo en el fonaci.
según ellos solictan que los planes de inversión sean certificados por ellos, cosa que no aparece en la ley, basado en esta premisa, se envio un proyecto.
el cual de vuelta decia " Expresado lo anterior, resulta per se certificar dicho plan de inversión, como susceptible de ser financiado a traves de los aportes previstos en la ley organica de ciencia y tecnología"
cro que ellos tiene un arroz con mango allí, puesto que la empresa, no esta solicitando que le sea financiado el proyecto, eso creo que es otra cosa.
Una pregunta, donde podria conseguir los gastos reconocidos por la Locti? El problema es que trato de entrar al sistema de prueba del SIDCAI y no me lo permite. Si me podria ayudar con esto se lo agradeceria.
Buenas Tardes
La empresa para la cual trabajo actualmente le correspondia presentar declaración LOCTI en el año 2008 , pero no se hizo,¿cual seria el primer paso para cumplir con la obligación , y que consecuencias trae hacerlo extemporaneamente ?. Actualmente la empresa le esta ofreciendo al personal administrativo un curso de ingles , dictado en las instalaciones de la empresa, por una institución reconocida en la ciudad,¿ Puedo considerar este gasto como aporte Locti en formación de talento humano ?¿Debo presentar un proyecto por esto ?
hola, lamentablemente no puedes cargar ese gasto puesto que un curso de ingles tendrías que justificar muy bien y sería una acividad de un proyecto macro…
Buenas tardes
La empresa para la cual trabajo está interesada en invertir los recursos LOCTI dentro de la misma institución específicamente para la formación de talento humano. Ahora bien, quisiera saber, es necesario presentar un proyecto? ante qué organismo debo presentarlo? existe algún formato? qué plazo tengo para presentarlo? la formación del personal debe ser orientada a actividades propias de la institución? o, es a libre escogencia del empleado?
Muy agradecida por su colaboración, me despido.
Saludos.
Hicimos unos cursos de mejoramiento y actualización gerencial,no fueron dictados por una Institución ,sino por un Asesor Independiente,¿Es posible presentarl esos cursos como proyecto LOCTI?
Buenas Tardes,la empresa donde yo trabajo quiere realizar el aporte LOCTI basado en la capacitacion de sus empleados Formacion de talento humano,(cursos, seminarios y certificaciones) en el aréa que ellos desarrollan en la empresa (sistemas, venta, administracion), yo estoy encargada de realizar este proyecto,pero por lo que entiendo solo se puede hacer sin es postgrado,maestria, etc. (formacion superior al bachillerato), quisiera me indicara si esto es asi?
esto lo puedes ahcer tal como lo enfocas pero a través de uan universidad que sea beneficiarias, por vía aporte.
con respecto a la formacion de talento humano, la capacitacion debe provenir de instituciones especiales o debidamente registradas o certificadas por un organismo en particular?
Buenos días, quisiera saber si pueden aclararme la siguiente duda: En el caso de inversión en talento humano, por ejemplo: curso de inglés; es necesario que el curso sea dictado por un ente que ya tenga aprobado el proyecto y por ende esté visible en la página del SIDCAI o simplemente se puede escoger a cualquier institución y realizar la empresa el proyecto y declararlo cuando corresponda.
Gracias.
Mariana! Saludos..
Buenas tardes
La empresa para la cual trabajo está interesada en invertir los recursos LOCTI dentro de la misma institución específicamente para la formación de talento humano. Ahora bien, quisiera saber, es necesario presentar un proyecto? ante qué organismo debo presentarlo? existe algún formato? qué plazo tengo para presentarlo? la formación del personal debe ser orientada a actividades propias de la institución? o, es a libre escogencia del empleado?
Muy agradecida por su colaboración, me despido.
Saludos.
Estimada Erika,
Lo que sabemos en cuanto a la posibilidad de que sea deducible del ISLR es que los desembolsos que se realicen en cumplimiento de la obligación de aportar o invertir en Ciencia, Tecnología e Innovación, bajo la LOCTI, son deducibles del ISLR en cuanto que lo fueran independientemente de que se realizaron en cumplimiento de la LOCTI.
Es decir, lo que normalmente deducirías de la ISLR sigue siendo deducible por su naturaleza contable, independientemente que haya sido un desembolso realizado por cuenta de la obligación LOCTI.
Hay varias formas de "cancelarlo".. primero, puedes "quedártelo@. Es decir, puedes invertir ése dinero en tu empresa a través de proyectos de tecnología e innovación (en esta asesoría es que nos especializamos nosotros en Estrategias LiD). En segundo lugar, puedes realizar un aporte a un ente no-adscrito o adscrito al MCT mientras corre tu ejercicio fiscal. Luego de que termine el ejercicio fiscal tienes 3 meses para declarar lo que hiciste con el monto LOCTI a través del portal SIDCAI (hay un link en nuestra lista de links). Si al declarar informas que invertiste o aportaste un monto menor a tu obligación LOCTI, entonces deberás realizar un pago al FONACIT indicando si quieres que ése monto que pagas vaya a un proyecto de ciencia y tecnología de un ente adscrito (como el IVIC, por ejemplo) o si simplemente quieres que lo aproveche el FONACIT.
Erika, espero esto te ayude.
Un cordial saludo,
Juan Pablo Molina
Editor LoctiBlog
Estrategias LiD
Solo quiero saber si este impuesto es deducible de ISLR, y cuando se cancela?
Buenos días,
Gusto en saludarlo y manifestar mi interes en solicitar un presupuesto para la elaboración del proyecto LOCTI, para la organización que represento. Explico brevemente, es una empresa metalmecanica y su objetivo principal es la elaboración de tapas plasticas y metalicas. Agradecería el envío de un presupuesto o cotización para su estudio y selección.
Muchas gracias por su atención y colaboración
Saludos Cordiales.
Lic. Richard Monterola
Gerente de Contabilidad
Industrias de Tapas Taime, C.A.
richard.monterola@ittaime.com
Telf. (0212) 690.22.22
Cel. 0414-245.75.69 / 0412-624.98.55
Estimada Marjorie,
No existe una norma legal que exija que el Plan Anual de inversión LOCTI sea presentado al MCT u otro organismo. El reglamento de la LOCTI lo sugiere pero no obliga. Y tampoco existe una fecha límite para hacerlo.
Lo que sí existe es una fecha para declarar lo que invertiste o aportaste bajo la LOCTI durante el ejercicio anterior. Pero no el ejercicio actual.
Entonces, puedes todavía presentarlo al MCT para su revisión, si lo deseas. O puedes ejecutarlo sin la aprobación del MCT.
Está de más decirte, que estamos a tus órdenes para revisarlo y orientarte si lo estimas conveniente.
Espero que esto te sea útil.
Es un honor servirte,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Editor Loctiblog
Estrategias LiD
Buenas Tardes:
Me encuentro desarrollando el plan de inversion Locti de la empresa donde trabajo.
¿Como podria yo aplicarlo para este año 2009 si para presentarlo ya ha pasado el cierre fiscal?
¿Existe alguna posiblidad que se aplique al cierre del 2009?
Agradeciendo su apoyo,
Sinceramente,
Estimada Luisangela,
Efectivamente, lo que describes para ser un posible proyecto LOCTI. Toma en cuenta por favor que el reglamento actual establece que solo se considera "capacitación" la formación superior al bachillerato, es decir, de TSU para arriba (TSU, licenciatura, especialización, maestría…)
Espero esto te sea de ayuda.
Es un honor servirte,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Editor Loctiblog
Estrategias LiD
Hola buen dia, mi inquietud es si capacitar al personal prestandole el beneficio de que la empresa le pague los estudios eso podria ser un deducible al impuesto de la locti, es decir basandome al numeral 9 de la formacion del talento humano tendriamos que presentar un proyecto sobre la capacitacion? Esperando su pronta repuesta. muchas gracias.
Estimada Carolina, respecto a tus dudas:
1. ¿Qué de cierto es que la ley está por cambiar?
Mira, hay mucha especulación. Pero nosotros no participamos en ella. Nuestro consejo es construir escenarios con la información certera que se tiene y algo de estimación de lo probable.
Lo que sí parece que ocurrirá, pero no se sabe cuando, es que habrá un nuevo reglamento de la ley. El reglamento actual es parcial y tiene lagunas importantes. Estas lagunas son, por ejemplo, una de las razones por las que el MCT no ha realizado fiscalizaciones "en serio" aplicando las sanciones y multas que describe la LOCTI.
El hecho de que un % alto de recursos vaya a inversiones y no aportes no es, según nuestra interpretación de la función de la LOCTI, razón para cambiarla. Lógicamente existe un apetito por los recursos que la LOCTI mueve. Sin embargo, la inversión privada en ciencia, tecnología e innovación es parte de los objetivos de la LOCTI y del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Parte de la razón por la cuál se escribió la LOCTI fue justamente para estimular la inversión privada en Ciencia, Tecnología e Innovación.
2. Estoy por diseñar un programa de prevención y cuidado del ambiente. Me indican que el Observatorio está siendo bien estricto con respecto a los nuevos proyectos aceptados. ¿Saben algo de esto?¿Conocen cuál es la nueva línea de requisitos?
Fíjate que con las nuevas resoluciones ministeriales (haz click aquí para leer nuestro resumen y descargar la gaceta) el ONCTI ya no participa en la revisión de proyectos. Como te imaginarás, al cambiar de organismo, es muy posible que cambie el criterio.
Sin embargo, sí te digo con certeza lo siguiente desde nuestra experiencia: en general, las empresas no manejan los conceptos de tecnología e innovación adecuadas para construir estos proyectos. Una gran mayoría no está acostumbrada a trabajar con formato de proyecto (ni para escribirlos, ni para ejecutarlos), y tampoco tienen la costumbre de planificar, por lo que buscan justificar como proyectos gastos ya hechos, pero que realmente no fueron planificados y realizados con un fin de tecnología e innovación en mente. Es en esto en lo que nos concentramos con nuestras consultorías y capacitaciones: en que la empresa adquiera nuevo conocimiento (y por ello es descontable nuestro servicio de la LOCTI) para la identificación, planificación y gestión de proyectos de tecnología e innovación que efectivamente la hagan más competitiva.
Por ejemplo, te diría sobre tu proyecto de prevención y cuidado del ambiente: ¿cuáles son sus elementos tecnológicos, de innovación, de adquisición de nuevos conocimientos?
Espero que estos comentarios te sean útiles.
Es un honor servirte,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Editor Loctiblog
Estrategias LiD
Señores:
Tengo varias dudas:
1.- ¿Qué de cierto es que la ley está por cambiar? Parecería lógico, ya que si nos guiamos por las cifras del Observatorio, más del 90% de los recursos han sido inversiones internas de las empresas en ellas mismas. En caso de que la Ley sí vaya a cambiar, ¿existe alguna idea de por dónde van los tiros?
2.- Estoy por diseñar un programa de prevención y cuidado del ambiente. Me indican que el Observatorio está siendo bien estricto con respecto a los nuevos proyectos aceptados. ¿Saben algo de esto?¿Conocen cuál es la nueva línea de requisitos?
Les sabré agradecer sus respuestas.
Saludos
Carolina Fernández H.
Hola, quisiera saber si el Aporte L.O.C.T.I efectivamente cancelado, es un gastos o una inversión.
El asesor Tributario de la empresa me dice que lo rebaje del monto a pagar de la en la Declaraión de Impuesto Sobre la Renta.
Agredeciendo de antemano su valiosa respuesta a mi enquietud.
Atte. Lic Juan Carlos Márquez
Hola por favor quisiera saber si la inversion realizada en LOCTI puede ser deducible del ISLR. gracias
Estimada Ana,
Respecto al Plan Anual, la normativa dice poco. El artículo 27 del Reglamento es clave. Según el 27 pareciera que lo que definen como plan es …. la descripción de los proyectos y actividades en los que se tiene previsto efectuar aportes e inversiones de conformidad con el artículo 42 de la LOCTI.
Respeto al plan, nos parece clave:
1. HACERLO (casi nadie lo está haciendo). Llevar a cabo el ejercicio de planificar lo que se invertirá en LOCTI es muy recomendable porque permite que el 100% de tu obligación LOCTI se quede en la empresa, que tengas tiempo para aclarar si un proyecto que quieres realizar es LOCTI o no y realmente MINIMIZAS el riesgo de que te multen en comparación a si haces unos informes de proyecto al final o después del ejercicio fiscal.
2. HACERLO CON BASE EN EL PLAN ESTRATEGICO O DE NEGOCIO. Para este año la empresa debe tener su visión o estrategia comercial. Bueno, el Plan LOCTI debe partir de ésa estrategia comercial y apalancarla. Hay que preguntarse: ¿qué capacidades tecnológica debo adquirir para cumplir con mi plan estratégico o comercial?
3. HACERLO EN EQUIPO. El conocimiento tecnológico de la empresa no está reservado para la gerencia, presidencia o equipo directivo. Al contrario, desde el punto de vista de las técnicas de planificación estratégica (como el Balance Score Card, por ejemplo) como desde la perspectiva de la Gerencia de la Tecnología y la Innovación, la participación del personal de la empresa en varios de sus niveles es importante. En todos los niveles hay gente que debe saber cómo lo que hace afecta el éxito de la empresa, y en todos los niveles de la empresa hay gente que puede sugerir cómo hacer mejor algo en la empresa.
Dependiendo del tamaño de la empresa, la preparación del Plan Anual puede llevar varias sesiones de trabajo en equipo. Hay que responsabilizar a alguien para la convocatoria, minutas, etc. Es recomendable nombrar a un "líder LOCTI" y un "Comité LOCTI". Varios de nuestros clientes, con nuestra asesoría, lo han hecho y ha dado excelente resultado.
Recuerda Ana que nosotros realizamos la asesoría para la preparación del Plan Anual en empresas. Nos puedes preguntar al respecto a través de la página de "contáctanos"
Espero esto te sea útil.
Es un honor servirte,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Coordinador LoctiBlog
Estrategias LiD
Como se realiza un plan anual? me podran dar un ejemplo?
Hola Maria Gabriela; Respondiendo a tus preguntas en mi experiencia realizando proyectos de Inversión:
1. Para la parte de capacitación al personal deberás hacer un informe de ejecución con el respaldo de las facturas y/o recibos de cancelación de estos cursos (incluyendo los gastos operativos para la realizacion de los mismos). Este informe va a estar en cumplimiento con el numeral 9.c. del articulo 42 de la LOCTI.
2. Para el proyecto q corresponde a la sustitucion de materia prima reduciendo la importacion de la misma, deberás realizar un proyecto con los lineamientos que FONACIT y aqui el Bloglocti se han presentado. El mismo deberás llevarlo a las oficinas de FONACIT en caracas. Ellos deberán sellarte como recibido y a partir de esta fecha comenzarán a transcurrir el tiempo para que te den respuesta (la espera es de 60 días continuos segun el reglamento, donde si se pasa este tiempo y no hay respuesta se presume el silencio administrativo de la ley).
3. Ya para el aporte que van a aportar a una Universidad, no tienes que hacer proyecto ya que la misma Universidad debe tener alguno registrado, asi que el destino de esos recursos deberán ir al mismo.
4. Ya para culminar, la empresa podrá declarar ante el SIDCAI el informe, el proyecto aprovado y el proyecto de la Universidad, totalizando el monto de su aporte..!!
Damarys, perdona la tardanza en responder.
No hay un riesgo legal con la LOCTI como tal siempre que hayan hecho la inversión o aporte durante el ejercicio fiscal correspondiente. Es un tema de cómo llevar la contabilidad, sobre lo que la LOCTI no se pronuncia, ni el reglamento. Es una pregunta que es bueno hacerle al FONACIT por escrito.
Un cordial saludo,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia