Fechas para ponerse al día con la LOCTI

Publicado por el ene 11, 2010 en Cómo hacer, Gestión LOCTI | 27 comentarios

Estimados usuarios del LoctiBlog, reciban todos el más cordial saludo en este nuevo año 2010.

Abajo encontrarán una pregunta y respuesta realizada a un usuario del LoctiBlog que creemos es útil para todos. Es una situación que nos parece común a muchas empresas ya que nos han preguntado lo mismo en varias oportunidades, ya sea por el loctiblog, en nuestras sesiones de capacitación o durante nuestras asesorías.

La pregunta:

Buenas tardes quisiera que me ayudaran a aclarar una duda, la empresa que represento realizo su primera declaracion en Abril del 2007 con la base de los ingresos del 2005, la segunda declaracion con base a los ingresos del 2006 se realizo en Noviembre del 2007, la siguiente declaracion correspondiente a los ingresos del 2007 no se realizo, pero si se hizo la inversion. Mi pregunta es la siguiente, puedo aun realizar la declaracion que corresponde a los ingresos del 2007 invertidos en el 2008? y los ingresos del 2008 invertidos en el 2009 hasta que fecha tengo oportunidad de declaralo?
Mil gracias!!!

Nuestra respuesta:

Estimada Solange,

Al menos que hayan cambiado las fechas de comienzo y final del ejercicio fiscal de tu empresa, no me cuadran las fechas de las declaraciones LOCTI que planteas. Para realizar la declaración LOCTI la empresa cuenta con el mismo período de tiempo que tiene para realizar su declaración del ISLR, es decir, hasta tres meses después del cierre del ejercicio fiscal. En tu pregunta, indicas que la primera declaración se realizó en abril 2007 de las inversiones locti realizadas durante el 2006 con base en los ingreso 2005. Tengo que asumir que cerraron ejercicio en enero 2007 o hasta marzo 2007, o que realmente declararon en hacia finales de marzo 2007 y que su ejercicio es regular y me estás indicando abril 2007 por error. Luego, la segunda declaración de la inversión realizada durante el 2007 calculada con base en los ingresos 2006 no pudo haberse realizado durante el 2007 porque no había cerrado el ejercicio fiscal y el portal SIDCAI no te lo permitiría.

Pero independientemente de las fechas, me preguntas si los años que NO has declarado se pueden declarar todavía. La respuesta es que sí puedes, y según la normativa, debes.
La buena noticia es que la normativa actual no indica que haya una multa o sanción por realizar una declaración tardía. La única multa que se indica es por incumplimiento de la obligación de aportar o invertir,
y según me indicas, tu empresa ha realizado proyectos de inversión.

Nuestra recomendación es que realices la declaración de lo invertido durante el 2008 lo antes posible. Asumiendo que el ejercico fiscal de tu emprea es regular (del 1 de enero al 31 de diciembre) la declaración LOCTI de lo invertido durante el ejercicio 2008 debía haberse hecho antes del 30 de marzo 2009.
Para realizar la declaración LOCTI de lo invertido durante el ejercicio 2009 tienes hasta el 30 de marzo 2010.

Si tu empresa está en una situación similar, o tienen dudas similares, es un indicativo de que la gestión de la LOCTI en tu empresa requiere de una revisión y puesta al día.  Por favor escríbenos a través del formulario de la página “contáctanos” para que realicemos una “auditoría LOCTI” para tu empresa.  La auditoría LOCTI consiste en una revisión de las decaraciones pasadas y proyectos que van a declarar, indicando fortalezas y debilidades y cómo pueden mejorar el manejo de la LOCTI.

Saludos cordiales,

Juan Pablo Molina Berrizbeitia

Director, Estrategias LiD


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27 Respuestas a “Fechas para ponerse al día con la LOCTI”

  1. Disculpenme pero crea que varias personas estan erradas con referente a LOCTI, ya que no importa cual sea la fecha del ejercicio economico xq las que no finalizen el 31 de diciembre solo no tendra un cierre inregular, ahora bien con referente a la declaracion y pago correspondiente al aporte LOCTI es posterior al segundo trimestre del cierre del ejercicio economico y6 dando respuesta al primer caso si las inversiones la vas a declarar y si restas algo por aportar como concepto de LOCTI es lo que va ser tu contibucion

  2. Hola Buenos dias, la empresa en la que trabajo es relativamente nueva, y yo tengo muchas dudas en cuanto a si califico como aportante o no! en el 2010 la Empresa tubo de Enriquecimiento Neto o Pérdida Fiscal Bs. 299.444,48. mi pregunta es en base a esos ingresos la Empresa estaria obligada a realizar proyecto y declaracion?? De antemano mil gracias por la ayuda.

    Un Saludo Cordial

    • Carolina recuerda que los Igresos LOCTI su base de calculo seran los ingresos brutos o netos que se encuentra en la sesion E cassilla 11 los cuales sera 0,5% el Enriquecimiento Neto sera la base de calculo para el Aporte al Fondo Nacional Antidrogas,

  3. yolanda briceño dice:

    Muy buenas tardes. Ante todo un cordial saludo esperando q Dios y la virgen los
    cuiden, tengo una duda.quisiera saber desd q aÑo habia q tomar en cuenta para los aporte de la locty si esta
    Fue promulgada segun lo establecido en agosto del 2005 y entro en vigencia apartir del 01 de enero del 2006. Porq hay personas q me dicen q hay q tomar en cuenta el ejercicio fiscal del año 2005. No entiendo. Si la ley entro en vigencia en la fecha del aNo 2006 apartir de ese momento es
    Q se debe tomar en cuenta.o es q la ley esa retroactiva q creo q no. en el 2007 se debio haber declarado el 2006
    Segun el cierre del ejercicio economico. Tengo esa duda y por favor quisiera me la aclaren.
    Dios les pague por la informacion q me puedan hacer llegar.

  4. Buen día.

    Represento a una empresa con un ejercicio irregular, cierra los 30 de junio. En 2008 y 2009 realizó inversión e hizo sus declaraciones respectivas pero para 2010 (junio 09/junio 10) debe realizar inversión o aporte? Como la ley cambio en diciembre 2010 y la misma dice en sus dispocisiones transitorias que el aporte comenzará a partir de enero 2011 en este caso:

    1.- La empresa podría declarar 6 meses de aporte y 6 meses de inversión? Lo permite el sistema?
    2.- Se regiría por Ley 2005 y declara por todo el ejercicio inversiones?
    3.- Se regiría por Ley 2010 y declara por todo el ejercicio aporte?

    En base a que?

    Gracias

    Saludos

    • Francy, buenos días! En nuestro criterio -y de acuerdo a la normativa tributaria venezolana- esa empresa tiene toda la posibilidad de haber invertido en CTI bajo la ley de 2005. En nuestro país, las leyes no se aplican con retroactividad, y en el ámbito tributario, la obligación nace con el año fiscal, por lo cual, ese ejercicio fiscal al que te refieres, estaba regido aún por la LOCTI 2005. Lo que sí te adelanto, es que no podrás declarar los proyectos de inversión en el portal del SIDCAI, ya que inhabilitaron esa posibilidad y lo único que el sistema te permite hacer es declarar aportes al FONACIT directamente. Sin embargo, nuestra recomendación en ese tema es que elaboren una sólida documentación que soporte dichas inversiones, preventivamente a la posibilidad de una fiscalización.

  5. que intereses debo pagar por no hacer aportes lopti en el lapso previsto?

    • Buenas noches Germán! La nueva LOCTI, aprobada en diciembre de 2010, establece lo siguiente: Artículo 48 > Multas por incumplimiento del aporte: Los que incumplan con el pago de la contribución especial establecida en el Título III de la presente Ley, serán sancionados con multas equivalentes al cincuenta por ciento (50%) del monto correspondiente a la contribución, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el referido Título, las cuales serán impuestas por el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), tomando en cuenta el monto de la suma afectada por el incumplimiento, pudiendo ser aumentadas o disminuidas en atención a las circunstancias agravantes o atenuantes existentes.

      Sin embargo, aún no se ha publicado el Reglamento que norma la implementación de esta nueva ley, por lo que los plazos límite para la realización de dicho aporte no están muy claros. Estamos a la expectativa de los resultados de la consulta virtual que recientemente hizo el MCTI al respecto, para poder responderle adecuadamente a nuestros lectores e interesados.

  6. Alexandra Sequera dice:

    Hola! Me gustaria saber con respecto a la declaracion original, cuando deseo realizar la del 2011 con el año base 2010, como el fin del periodo a declarar es el 31/12/2011, me sale un aviso que el fin es mayor a la fecha actual. Como se realizaria esa declaracion? Gracias

    • Buenas noches Alexandra! El SIDCAI, en la versión que se aplicaba a la LOCTI 2005, funcionaba del siguiente modo: se calculaban el porcentaje de la obligación LOCTI correspondiente al ejercicio fiscal del año x, se ejecutaban dichos recursos durante el año x + 1, y la declaración se realizaba en el sistema durante los 90 días siguientes, es decir, al inicio del año x + 2.

      Si el sistema no ha sido modificado en esa esencia -y entendemos que mientras no se promulgue el nuevo reglamento esos detalles no están claros- entonces no se podría hacer la declaración hasta que el año 2011 no culmine. Pero esto que te comentamos es una suposición nuestra, pues el SIDCAI nos funcionó exactamente igual que el año pasado hasta hace unas semanas, momento a partir del que no hemos podido acceder al componente de las declaraciones de proyectos locti.

  7. Buenas tardes el caso de mi empresa es desde entrada en vigencia de la LOCTI ha estado por debajo de las 100.000 U.T. de ingresos Brutos pero para el ejercicio terminado en el 2010 la empresa obtuvo ingresos superiores a los 100.000 U.T. mi consulta es

    1.- ¿se debe declarar antes de 31 de Marzo de 2011 los ingresos Brutos obtenidos en el 2010?

    2.- ¿nos debemos registrar como aportante en portal de SIDCAI?

    3.- ¿ la empresa en año 2010 invirtió en compra de equipo de computación para mejorar las condiciones de trabajo de sus empleados así como una plataforma administrativa contable y cursos en capacitación de personal estas inversión se pueden considerar como aportes según el articulo Actividad Articulo 42 de la LOCTI ?

    • Estimado Javier,

      Si en el 2010 llegaste a las cien mil UT, calificas como empresa aportante para el 2011.

      Hay opiniones encontradas sobre si durante el 2011 las empresas pueden invertir todavía o solo pueden aportar al FONACIT. Nosotros creemos que todavía pueden invertir. A ti te tocaría aportar o invertir durante el 2011.

      Sí debes inscribirte en el portal SIDCAI como aportante.

      Esos ejemplos que das de inversiones no son ideales.

      Podemos asesorares, si quieres escríbeme a gerencia@estrategiaslid.com

      Puedes conocer todos los detalles de la reforma de la LOCTI – inclusive este punto – en nuestro seminario virtual en http://aulalocti.com

      Un cordial saludo,

      Juan Pablo Molina Berrizbeitia

  8. Daxi Aristimu&ntilde dice:

    En una consulta recibida del Ministerio de Ciencia y Tecnología se nos indicó que los activos fijos adquiridos en la ejecución de proyectos Locti (Ejm. computadoras, laptos,mobiliario, equipos de laboratorios, etc), bien sea por adquisiciones propias del proyecto, aportes recibidos en equipos o por vía de donaciones, pasarán a formar parte de los activos fijos de la empresa o institución que ejecuta el proyecto, una vez que dicho proyecto este completado 100% físicamente y tenga su acta de finiquito. Quisiera que me indicarán si especificamente, esto está incluido en algún artículo de la ley o del reglamento.

    Agradezco su respuesta.

    • Estimado Daxi,

      No, lo que te indican en el MCT no está explícitamente indicado en ningún artículo de la LOCTI o su reglamento parcial.

      Sin embargo, no hay razón para que sea diferente. La propiedad privada (el derecho que tiene una persona jurídica sobre los activos que adquiere) no está siendo cuestionada ni limitada de ningún modo por la LOCTI. El único límite que impone la LOCTI al derecho de propiedad es en cuanto que obliga a la empresa a gastar (parte de) su dinero en cierto tipo de actividades, que pueden incluir la adquisición de activos.

      Te pregunto yo a tí de vuelta: te indicaron cómo reflejar en la contabilidad los activos adquiridos antes de que se complete el proyecto?

      Un cordial saludo,

      Juan Pablo Molina Berrizbeitia

  9. Ceglys Aranda dice:

    Buenas tardes, yo tengo una duda con repecto a los aportes Locti cuando es el caso de una inversión en activo fijo que forma parte de un proyecto LOCTI, allí no estaríamos creando como una doble deducción para efectos de impuesto? igualmente con las horas hombres que se deducen del ISLR y también de la LOCTI. Que podrían aclarar al respecto? Muchas gracias por el apoyo!

  10. Buenas tardes, en el caso de mi empres, nosotros hasta ahorita vamos a empear a realizar la inversión LOCTI, sin embargo en los años 2007 y 2008 tuvimos ingresos brutis superiores a 100000 UT pero no se declaro la inversión, sin embargo, contamos con facturas que pueden calificar como proyecto de inversión LOCTI, mi pregunta es, ¿Aun estamos a tiempo de declararlas o debemos realizar un aporte en efectivo al FONACIT?

    • estrategiaslid dice:

      Estimada María,

      El SIDCAI permite realizar declaraciones de ejercicios pasados.
      Les recomiendo que lo hagan lo más pronto posible.
      Además, es MUY importante que tengan los soportes fiscales y sobre todo los soportes documentales técnicos adecuados.

      Saludos,

      Juan Pablo Molina Berrizbeitia
      Director, Estrategias LiD

    • estrategiaslid dice:

      Estimada María,

      Si tienes proyectos para declarar de ejercicios pasados, puedes declararlos por el SIDCAI. El sistema te lo permite.
      Solo tienes que aportar al FONACIT la diferencia entre el monto de los proyectos y la obligación LOCTI de cada año.

      Te recomiendo que lo hagan lo más pronto posible y hagan un buen esfuerzo en documentar los proyectos, sobre todo sus aspectos técnicos.

      Saludos,

      Juan Pablo Molina Berrizbeitia
      Director, Estrategias LiD

  11. Vicente observa las respuesta que esta debajo a tu comentario y si tienes un mutuo acuerdo con FONACIT creo que no aplicara…..

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