Varios usuarios del LoctiBlog han hecho preguntas sobre cómo puede ponerse al día una empresa que nunca ha cumplido con la LOCTI.
Respecto a este tema, nos parece clave tomar en cuenta que (a) ni la LOCTI ni su reglamento parcial vigente incluyen una sanción por la declaración tardía; y (b) el MCT no ha manifestado una política sancionatoria respecto a inclumplimientos “de buena fé”.
Por ello, los pasos que recomendamos seguir son los siguientes:
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