Se aprobó en primera discusión de la Asamblea Nacional una reforma parcial a la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI).
De una primera mirada a la reforma destacamos lo siguiente:
Haga click aquí para leer una reseña periodística de la aprobación en primera discusión
Haga click aquí para descargar el texto de la reforma de la página de la Asamblea Nacional
Estrategias LiD pronto estará ofreciendo charlas para conversar y aclarar dudas sobre esta reforma.
Es un honor servirles,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director Ejecutivo de Estrategias LiD
Estimados usuarios del LoctiBlog, reciban todos el más cordial saludo en este nuevo año 2010.
Abajo encontrarán una pregunta y respuesta realizada a un usuario del LoctiBlog que creemos es útil para todos. Es una situación que nos parece común a muchas empresas ya que nos han preguntado lo mismo en varias oportunidades, ya sea por el loctiblog, en nuestras sesiones de capacitación o durante nuestras asesorías.
La pregunta:
Buenas tardes quisiera que me ayudaran a aclarar una duda, la empresa que represento realizo su primera declaracion en Abril del 2007 con la base de los ingresos del 2005, la segunda declaracion con base a los ingresos del 2006 se realizo en Noviembre del 2007, la siguiente declaracion correspondiente a los ingresos del 2007 no se realizo, pero si se hizo la inversion. Mi pregunta es la siguiente, puedo aun realizar la declaracion que corresponde a los ingresos del 2007 invertidos en el 2008? y los ingresos del 2008 invertidos en el 2009 hasta que fecha tengo oportunidad de declaralo?
Mil gracias!!!
Nuestra respuesta:
Estimada Solange,
Al menos que hayan cambiado las fechas de comienzo y final del ejercicio fiscal de tu empresa, no me cuadran las fechas de las declaraciones LOCTI que planteas. Para realizar la declaración LOCTI la empresa cuenta con el mismo período de tiempo que tiene para realizar su declaración del ISLR, es decir, hasta tres meses después del cierre del ejercicio fiscal. En tu pregunta, indicas que la primera declaración se realizó en abril 2007 de las inversiones locti realizadas durante el 2006 con base en los ingreso 2005. Tengo que asumir que cerraron ejercicio en enero 2007 o hasta marzo 2007, o que realmente declararon en hacia finales de marzo 2007 y que su ejercicio es regular y me estás indicando abril 2007 por error. Luego, la segunda declaración de la inversión realizada durante el 2007 calculada con base en los ingresos 2006 no pudo haberse realizado durante el 2007 porque no había cerrado el ejercicio fiscal y el portal SIDCAI no te lo permitiría.
Pero independientemente de las fechas, me preguntas si los años que NO has declarado se pueden declarar todavía. La respuesta es que sí puedes, y según la normativa, debes.
La buena noticia es que la normativa actual no indica que haya una multa o sanción por realizar una declaración tardía. La única multa que se indica es por incumplimiento de la obligación de aportar o invertir, y según me indicas, tu empresa ha realizado proyectos de inversión.Nuestra recomendación es que realices la declaración de lo invertido durante el 2008 lo antes posible. Asumiendo que el ejercico fiscal de tu emprea es regular (del 1 de enero al 31 de diciembre) la declaración LOCTI de lo invertido durante el ejercicio 2008 debía haberse hecho antes del 30 de marzo 2009.
Para realizar la declaración LOCTI de lo invertido durante el ejercicio 2009 tienes hasta el 30 de marzo 2010.
Si tu empresa está en una situación similar, o tienen dudas similares, es un indicativo de que la gestión de la LOCTI en tu empresa requiere de una revisión y puesta al día. Por favor escríbenos a través del formulario de la página “contáctanos” para que realicemos una “auditoría LOCTI” para tu empresa. La auditoría LOCTI consiste en una revisión de las decaraciones pasadas y proyectos que van a declarar, indicando fortalezas y debilidades y cómo pueden mejorar el manejo de la LOCTI.
Saludos cordiales,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director, Estrategias LiD
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