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11Mar 2010

Según pudimos aprender de la página web de la Asamblea Nacional, se han realizado varias reuniones de diferentes grupos con la comisión de Ciencia y Tecnología de la Asamblea Nacional que avanza con la reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI).

Estos eventos parecen ser un indicativo de que está avanzando el proceso legislativo hacia la reforma de la ley, o sea, que no está tan engavetada como algún rumor dejó entender. La efectividad de estas reuniones, si las críticas a la reforma de la LOCTI cambiarán su contenido, estará por verse más adelante.

Reproducimos aquí el contenido de las noticias al respecto de estas reuniones emitidas por la Asamblea Nacional, y el link para que puedan ver la fuente original.

Tomado de http://www.asambleanacional.gob.ve


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04Mar 2010

Reproducimos parcialmente aquí un artículo de Ignacio Ávalos Gutiérrez, autor de varios artículos en este blog, que en una contribución al Nacional se refirió a la Reforma de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Ignacio Ávalos, en nuestra opinión, es uno de los profesionales más destacados por su contribución histórica a la construcción y crítica del saber colectivo nacional sobre ciencia, tecnología e innovación.

Pueden leer los artículos que ha escrito para el LoctiBlog a través de los siguientes enlaces:
La memoria tecnológica en la empesa
Las tecnologías blandas

El artículo de el Nacional a continuación:

¿Hacia dónde puede ir la Locti?

Marzo 3, 2010

Al ministro Ricardo Menéndez

I.

Hace cosa de dos o tres semanas, la Asamblea Nacional aprobó, en primera discusión, la reforma de la Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología, que asoma cambios sobre todo en los aspectos relacionados ­sólo a ellos me refiero en este artículo- con el financiamiento de la innovación Que se sepa, no hubo una discusión previa que ventilara el asunto ni, por otro lado, una evaluación que determinara cuáles debieran ser las modificaciones. Asumiendo que se trata, en gran medida, de una palanca para promover la innovación en el sector productivo, se desconoce su impacto sobre las empresas y cómo debemos entender el significado de esa cifra mil millonaria, equivalente a 3% del PIB recabada en 2006 y 2007 (inexplicablemente nos hay información posterior) y si, por otra parte, es posible señalar que esos números tan relumbrantes sugieren un “antes y un después” en nuestro progreso tecnoproductivo.

A pesar de ostensibles avances a lo largo del último medio siglo, en Venezuela no puede hablarse de la existencia de un “sistema nacional de innovación” y resultaba fácil, entonces, pronosticar dificultades en la ejecución de la ley, pues, como se indica en la literatura correspondiente, se requieren ciertas premisas institucionales y culturales para que ocurra el desarrollo científico y tecnológico en clave contemporánea, las cuales existen sólo a medias entre nosotros. Así las cosas, el éxito de la ley iba de la mano de un proceso de aprendizaje colectivo que involucraba a diversos actores, tales como entes gubernamentales, universidades, empresas públicas y privadas, centros de investigación, firmas consultoras, organizaciones de la sociedad civil, en fin.

II.

Visto lo anterior, sería bueno que el ministro Menéndez, en coordinación con la Asamblea Nacional, convocara un diálogo entre tales actores, con el fin de que la nueva ley y su reglamento sean aprobados capitalizando la experiencia acumulada por todos. La conversación debería, creo, darse a lo largo de los siguientes tres planos generales.

En el plano conceptual, con el propósito de identificar mejor las actividades en donde pueden hacerse las inversiones.

Digo esto porque da la impresión de que, tal como fueron diseñadas las normas, se convirtieron, en la práctica, en un saco amplio en el que cabían cosas que no debían caber y en el que, por contraste, no tenían lugar otras que sí debieran (pienso, por ejemplo, en el sector servicios, cada vez más importante, cuya idiosincrasia innovativa apenas es reconocida). De paso, lo anterior debería ir acompañado de eficaces esquemas de seguimiento de la aplicación de la ley, pero sin caer en excesos burocráticos porque, según Perogrullo, estos siempre generan malos resultados.

En el plano institucional, con el fin de examinar las trabas que impiden la vinculación entre los diversos actores del proceso innovativo, puestas de manifiesto, entre otros elementos, en el muy bajo porcentaje (menos de 10% de los recursos) representados por los aportes de las empresas a las universidades y centros de investigación.

Por último, en el plano político, con el objeto de pensar el significado de la Locti como instrumento del desarrollo tecnocientífico del país en época de la sociedad del conocimiento. Pensar, en ese sentido, en cómo armonizar la lógica del sector productivo con el interés nacional, sin recurrir al fácil expediente de concentrar todos los recursos, o buena parte de ellos, en el Fonacit, como si esto bastara para asegurarle su eficacia en tanto política pública.

13Ene 2010

Reforma Parcial LOCTI

por: estrategiaslid

EN: Regulación

Se aprobó en primera discusión de la Asamblea Nacional una reforma parcial a la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI).

De una primera mirada a la reforma destacamos lo siguiente:

  1. El lenguaje de la LOCTI cambió a ser ahora más tributario al expresarse sobre las obligaciones de las empresas relaciondas con la cienca, tecnología e innovación. En los artículos modificados ya no se utilizan los términos de “aportes” e “inversiones” sino que se han sustituido por términos de “contribución especial”, “sujetos pasivos de la obligación” y “régimen tributario”.
  2. Los porcentajes de cálculo de las obligaciones según la actividad económica se mantienen, excepto por las empresas dedicadas a la actividad eléctrica que ya no son mencionadas explícitamente como empresas que están obligadas por el 1% de sus ingresos brutos. Sigue el 2% para hidrocarburos y 0.5% para todas las demás actividades económicas.
  3. Parece que sigue abierta la posibilidad de que la empesa realice actividades de ciencia, tecnología e innovación y se descuente de la obligación LOCTI. Sin embargo, con el cambio de lenguaje a uno más tributario y la ausencia de referencia expresa a la “inversión LOCTI”, como ocurría en la versión anterior (y vigente todavía, por cierto), entoces queremos consultar con el MCT este punto. Sin embargo, nuestra primera impresión es que las empresas podrán seguir invirtiendo en actividades de ciencia, tecnología e innovación y descontar el costo de estas inversiones de su obligación LOCTI, a la que ahora se refiere la ley como una contribución especial tributaria.
  4. Fortalece y aclara el procedimiento de la fiscalización LOCTI. Lo cual es una señal de que el MCT quiere iniciar formalmente los procesos de fiscalización, que hasta ahora no había hecho, presumimos que por falta de la regulación adecuada. En nuestra opinión, también es necesario que se prepare y decrete un nuevo reglamento que amplíe la regulación para la fiscalización.
  5. Elimina el Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnolgía e Innvoación. La primera institución con la que las empresas y beneficiarios mantuvieron relaciones para la revisión y control de sus proyectos LOCTI, el ONCTI, será desmantelado.
  6. El Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT) es fortalecido en su rol central de control de la LOCTI.
  7. Indica que las empresas obligadas que no han cumplido con su obligación LOCTI, que deben hacerlo mediante un aporte al FONACIT, sin que esto elimine la posibilidad de que sean multadas por la demora en el cumplimiento de la obligación.
  8. Incorpora elementos más sociales en el texto de la ley, como la “Invención e Innovación Popular”.
  9. Deja clara la inmediatez con la que se quiere aplicar. En una disposición transitoria se indica que el nuevo régimen tributario aplicará desde el primero de enero 2010. Dado que esta reforma sólo ha sido aprobada en primera discusión y que por principio legal la aplicación de la ley no puede ser retroactiva, pues suponemos que entrará en vigencia con su publicación en Gaceta Oficial, que todavía no ha ocurrido. Sin embargo, la intención de que se aplique lo más pronto posible está clara.

Haga click aquí para leer una reseña periodística de la aprobación en primera discusión

Haga click aquí para descargar el texto de la reforma de la página de la Asamblea Nacional

Estrategias LiD pronto estará ofreciendo charlas para conversar y aclarar dudas sobre esta reforma.

Es un honor servirles,

Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director Ejecutivo de Estrategias LiD

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