En nuestros talleres sobre ¿cómo se escribe un proyecto LOCTI? y en la preguntas que recibimos en el LoctiBlog, hemos notado reiteradas dudas sobre el tema de la aprobación previa de los proyectos, tanto de aportantes como de beneficiarios, así que aquí van algunos datos al respecto del caso de las empresas aportantes, en otro artículo nos referiremos a los beneficiarios.
Comencemos con esto: No existe una obligación legal de presentar el Plan Anual de Inversión ante el MCT para su revisión previa.
Sobre este tema, el artículo central es el 27 del Reglamento Parcial, que indica:
Artículo 27.- Toda empresa obligada a efectuar aportes e inversiones de conformidad con la Ley, podrá presentar anualmente ante el Ministerio con competencia en materia de Ciencia y Tecnología un Plan Anual con la descripción de los proyectos y actividades en los que tiene previsto efectuar aportes e inversiones de conformidad con el artículo 42 de la Ley. Si el Ministerio de con competencia en materia Ciencia y Tecnología considera que cualquiera de las actividades o proyectos propuestos en el Plan Anual no puede ser considerado inversión o aporte en ciencia, tecnología o innovación dado que no es subsumible en alguno de los numerales del artículo 42 de la Ley, notificará dicha decisión a la empresa interesada dentro del lapso de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de la presentación de dicho Plan Anual; en el entendido de que a falta de notificación dentro del lapso antes previsto, la empresa podrá efectuar los aportes e inversiones requeridos por la Ley en las actividades y proyectos descritos en el Plan Anual.
La solicitud por medio de la cual se someta el Plan Anual a la consideración del Ministerio con competencia en materia de Ciencia y Tecnología , deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Contra las referidas decisiones del Ministerio con competencia en materia de ciencia y tecnología, los interesados podrán interponer los recursos administrativos contenidos en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
Es importante notar que en la segunda línea del artículo 27 dic “podrá”, y no “deberá”. Es decir, el artículo indica una opción y no una obligación.
Luego, el artículo indica que si el MCT no responde a la solicitud de aprobación del Plan Anual, entonces la empresa los puede tomar como “aprobado”. Esto es lo que se llama el silencio administrativo positivo. Puede ser que lo hayan incluido pensando que la mayoría de los proyectos que se recibirían cumplirían con el criterio del 42 y que no valdría la pena responder a ellos, sino sólo corregir los proyectos que no se adecúan al Art. 42. Sin embargo, no ha sido el caso. La situación actual está dominada por la desinformación y desconocimiento. La mayoría de las empresas no tienen claro cómo se preparan estos Proyectos LOCTI y el MCT no ha tenido una política de información o capacitación que ayude.
Otro aspecto relevante del artículo es que deja entrever lo que el MCT considera un Plan Anual de Inversión, cuando lo equipara a “la descripción de los proyectos y actividades en los que tiene previsto efectuar aportes e inversiones de conformidad con el Artículo 42 de la Ley”. Se entiende entonces que el Plan Anual no es más que el conjunto de proyectos en los que se quiere invertir la obligación LOCTI, y que estos proyectos deben encajar en el Artículo 42. En nuestro criterio, un plan anual debe ser más que la suma de sus partes, es decir, es más que el conjunto de proyectos LOCTI. Un plan debe incluir una visión estratégica de la empresa hacia el uso de la tecnología para el logro de sus metas productivas y competitivas. Es decir, como conjunto, estos proyectos deben tener una direccionalidad y un sentido que es necesario explicitar en papel y compartir en la organización, algo que diga “esto lo estamos haciendo porque…” (y el “por qué” sea más que “porque el la ley y el MCT nos obliga”.
En cuanto a los tiempos, el artículo indica que en 60 días calendarios deben responder a la solicitud.
Juan Pablo Molina
Editor LoctiBlog
Estrategias LiD
* Campos Requeridos
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Buenas noches, actualmente estoy trabajando con proyectos LOCTI, básicamente en el proceso de desarrollo de los mismos, sin embargo estoy requiriendo un formato de convenios con aliados, es posible que me lo puedan suministrar a mi correo?? Gracias
Sirius,
Te recomiendo que utilices el de la UCAB y lo adaptes a tu organización. Es un buen modelo.
Lo puedes desvargar haciendo click aquí
Saludos,
Juan Pablo Molina Berrizbeitia
Director, Estrategias LiD
Muchas gracias por la información